DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA no imponer medida cautelar alguna a la adolescente: SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , a quien se le imputare la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO , previsto en el artículo 470 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana: IRIS SOTO
Se ordena la LIBERTAD PLENA de la adolescente anteriormente identificada.
Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público una vez vencido el lapso de ley, a los fines de que prosiga con la investigación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilid.....