DISPOSITIVA
Por todas loas razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida a las adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificadas en autos, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dictada, sellada y firmada en el tribunal de Control N° 01, del sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. en Acarigua a los Catorce (14) días del mes de Octubre de Dos mil ocho.
LA JUEZ DE CONTROL N° 01
ABG. CARMEN XIOMARA BELLERA
LA SECRETARIA
ABG. GENIYANA PEREIRA
Causa N° 1C-639-07.
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