DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL en la Causa que se le sigue a la Adolescente (Identidad Omitida), por imputársele la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, específicamente el delito de Lesiones Personales Genéricas, previsto en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la adolescente (Identidad Omitida), todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 561, Literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, en Acarigua, a los quince (15) días del mes de Diciembre del .....