DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas , este tribunal de primera instancia de Responsabilidad Penal de Adolescentes en función de control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, administrando justicia, en nombre de la republica y por autoridad de la ley, Acuerda imponer al adolescente imputado: SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , a quien se le sigue causa por imputársele la presunta comisión de uno de los delitos Contra El Orden Público, específicamente los delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el articulo 459 del Código PENAL y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277, del Código Penal, en relación con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio del ciudadano Omar Vicente torres y el Orden Público, de la Caución Juratoria prevista en el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de la de .....