DISPOSITIVA.
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra de el adolescente IDENTIDAD OMITIDA. 2, por la comisión de uno de los delitos: CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente el delito de TENTATIVA DE ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80, primer aparte, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano: OMAR JOSE ESPINOZA GIL, a cumplir la sanción definitiva de:
.- REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, medida ésta impuesta tomando en .....