DECISION
Por todas la razones antes expuestas, este Tribunal del Control N° 02, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua Estado Portuguesa, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA LA REMISIÓN de la presente causa terminando en consecuencia el procedimiento respecto del hecho objeto de la investigación a favor de la Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del Delito de Contra Las Personas, específicamente el previsto en el artículo 413 del Código Penal , el cual prevé el delito de LESIONES MENOS GRAVES todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 569, Literal "A", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con lo dispuesto en los Artículos 37, Ordinal 1° y 38 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el articulo 48 ordinal 5to ejusdem aplicado supletoriamente por disposición expresa de la Ley Orgánica para la.....