DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda mantener el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida y la medida de Reglas de Conducta, en la forma como originalmente fue impuesta al adolescente (identidades omitidas), antes identificado, por lo que en consecuencia dicho ciudadano deberá acudir inmediatamente ante el Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito a este Sistema Penal, a los fines de reiniciar el cumplimiento de las citadas medidas por el lapso que le resta por cumplir las sanciones y consigne las constancias respectivas para que cumpla con la medida de Reglas de Conducta.
Dictada, firmada y sellada en la sala de audienc.....