DISPOSITIVA
Con fundamento en todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente en virtud de la remisión expresa establecida en el artículo 537 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, le resta por cumplir a la presente fecha, la entrega de cinco (05) trabajos manuscritos relacionados con la comunidad en la cual habita indicando las deficiencias o problemáticas que presenta su comunidad, así como los logros y avances que en ella existen, en razón de que la entrega de dichos trabajos, en decisión de fecha 08-01-2008, fue establecida de forma mensual. Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Di.....