DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ........., el CESE de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud de haber cumplido responsablemente con su sanción por el lapso ininterrumpido de UN (01) AÑO, se decreta la LIBERTAD PLENA del mencionado adolescente, así mismo se ordena, notificar a las partes.
Se ordena la remisión de la presente causa al Archivo Regional una vez conste en autos las notificaciones respectivas y se cumpla el lapso legal.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial.....