DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el CESE DE LA SANCIÓN consistente en el cumplimiento de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, impuesta por el lapso de un (01) año, a las ciudadanas IDENTIDADES OMITIDAS, antes identificadas, en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA de las mencionadas sancionadas, conforme lo dispuesto en el artículo 645 Ejusdem. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto una vez que conste en autos las resultas de las respectivas notificaciones. Notifíquese, publíquese, diarícese, déjese copia y líbrese lo conducente.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circui.....