D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Juzgado de Protección del Niño y el Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda que por PRIVACION DE PATRIA POTESTAD interpuso la abogada HYRVIC QUINTERO PARADA, Fiscal Cuarta del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección del Niño y el Adolescente y la Familia de este Circuito y Circunscripción Judicial, a solicitud de la ciudadana YENNY COLIQUIA DE LUIS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.655.686, domiciliada en Urbanización Vencedores de Araure, Calle 2, Casa Nro. 21, Araure, Estado Portuguesa, en contra de los ciudadanos MIREYA DEL CARMEN MORA DE COLICHA Y JOSE ALEJANDRO COLICHA RIVERO, arriba identificados. En consecuencia, los últimos ident.....