DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los bienes dejados por la causante ARLEX GIANNY PIMENTEL de PIMENTEL, quien fuera venezolana, mayor de edad al momento de su fallecimiento, titular de la cédula de identidad N° 14.880.895; al ciudadano: JORGE LUIS PIMENTEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.540.179, en su condición de cónyuge; así como también a su hija, la niña: *********, de un (01) año de edad. Y Así se Establece.
Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas, previas las anotaciones estadísticas correspondientes y déjese copia certificada de la presente decisión en el Archivo de este Tribunal.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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