Este tribunal vista la consignación anterior considerando que en la sentencia el 25 de octubre de 2010, el Tribunal acordó la partición en porciones "iguales entre los aquí demandados VICWUEL JESÚS MÉNDEZ OVALLES, KERANYELIT VICMAR MÉNDEZ OVALLLES y la ahora demandante VANNESA DEL VALLLE MÉNDEZ VILLEGAS ", y siendo dos los demandados y uno el demandante es evidente que a los demandados le corresponde las dos terceras partes de los haberes, y a la parte demandante una tercera parte de los mismos haberes, por lo que tiene la parte demandada mayoría de personas y de haberes, y en consecuencia queda designado como partidor CAROLINA RIVERO CORTEZ, que fue propuesta por las partes demandadas.