Es por las anteriores consideraciones, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley NIEGA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA de partición de bienes y liquidación de comunidad conyugal, así como de rendición de cuentas, intentada por ALBERTO APÓSTOLO NASILIO ya identificado, contra LEONERIS JOSEFINA CARRILLO también identificada.