...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CORRIGE la sentencia dictada el 21 de diciembre de 1983, en el sentido de que el nombre del solicitante del divorcio es "ANTAL KRASTEK SCHAFFER" y no "ANTAL KRASTEX SCHAFFER", como allí erróneamente aparece, así como en el sentido de que los hijos que hubo en el mismo solicitante del divorcio, de su matrimonio con MARÍA DE JESÚS RODRÍGUEZ son "ROBERTO SIMÓN y CAROLINA JULIA KRASTEK RODRÍGUEZ" y no "ROBERTO SIMÓN y CAROLINA JULIA KRASTEX RODRÍGUEZ", como también erróneamente aparece.