Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 28 de Octubre del 2009, por el Ciudadano JOSE RIVERO, debidamente asistido por el Abogado DURMAN RODRIGUEZ SORONDO, contra la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Araure de este mismo circuito judicial, en fecha 23 de Octubre de 2.009, por consiguiente, SE CONFIRMA EN SU TOTALIDAD, la sentencia recurrida, con diferentes criterios. Así se decide.
No se condena en costas procesales a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo C.....