Por las razones anteriormente expuesta, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana CRUZ MARIA MARTINEZ, contra los ciudadanos TORRES CRIOLLO GRETTEL MIGDALIA; TORRES CRIOLLO MARLON; TORRES CRIOLLO MAIGUALIDA; MARIBEL TORRES MARTINEZ; MARILIN COROMOTO TORRES MARTINEZ; ALCIDES RAFAEL TORRES MARTINEZ y JOSÈ FELIX TORRES MARTINEZ. Quedando así establecido, que entre la ciudadana CRUZ MARIA MARTINEZ y el ciudadano FELIX ALCIDES TORRES ALVARADO (difunto), existió una relación concubinaria en el lapso comprendido desde el 21 de Mayo de 1.979 hasta el día 03 de Septiembre del 2009.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala.....