DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda incoada por RAMON GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-345.046, en contra de ARTHUR CAPRILES RODRIGUEZ, NATASHA CAPRILES RODRIGUEZ, EDUARD CAPRILES RODRIGUEZ Y HOWARD CAPRILES RODRIGUEZ (fallecido) por motivo de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO .-
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente. Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.- Acarigua, a los veintiún días del mes de Junio del año dos mil Dieciséis. (21-06-2016); Años 206° de l.....