D I S P O S I T I V A:
En consecuencia este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el procedimiento iniciado por demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, incoada por la ciudadana DILCIA ISABEL RANGEL RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.368.065, asistida por las abogadas IRIS JOSEFINA SEGOVIA SEGOVIA y VIRGINIA inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 101.858 y 145.172, contra el ciudadano ABDUL KARIM ABU KAKHER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.352.580.-
Se declara TERMINADA LA PRESENTE CAUSA, y se ORDENA EL ARCHIVO del expediente una vez vencido el lapso de ley.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera I.....