D E C I S I O N
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y del Derecho, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 17 de febrero de 2005, por el Abogado Achune Constantine Costa, en su carácter de apoderado judicial de las empresas demandadas.
SEGUNDO: Se condena en costas del recurso, a la parte demandada- apelante, de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Despacho del Juzgado Superior
Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, a los cinco (05) días del mes de Abril del .....