Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE ADRIAN VASQUEZ RIERA, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadana EDUVIGES TORREALBA, contra la sentencia de fecha 24 de noviembre del año 2008, dictada por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS del recurso de apelación a la parte demandante-recurrente, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.