En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARY NELLY BLANCO, asistida por la abogada ROSA MÜLLER, contra la sentencia de fecha 15 de diciembre del año 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARY NELLY BLANCO, asistida por la abogada ROSA MÜLLER, contra la sentencia de fecha 15 de diciembre del año 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
TERCERO: SE CONFIRMA, la sentencia de fecha 15 de dic.....