Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de levantamiento de las Medidas de retención, presentada por el ciudadano: HENRY JOSE ZERPA LINAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V.-13.555.706 de este domicilio, asistido por la abogada OLGA MELENDEZ VASQUEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 69.122, en la cual solicitan de este Despacho, se levante la retención de la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN y demás beneficios, establecidos en el expediente Nº: 292-2007, dictada por este Tribunal, a favor de la niña: (omisión del nombre por disposición de ley). En consecuencia se ordena levantar las medidas de embargo que pesan sobre el salario o sueldo y las prestaciones sociales o fideicomiso del referido ciudadano.....