DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ISBELIA DATCY DIAZ DE MARTINEZ y EDDIE JAVIER MARTINEZ GUEDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-13.354.118 y V-15.866.519, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados en la Urbanización Gonzalo Barrios, Sector 2, Vereda 2, casa N° 20, del Municipio Páez del estado Portuguesa, y el segundo en la Urbanización Gonzalo Barrios, Sector 3, Vereda 6, casa N°., del Municipio Páez del estado Portuguesa, asistidos por el Profesional del Derecho NANCY JOSEFINA VALBUENA DE TORREALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.804., de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
Con.....