DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANNY CAROLINA GUERRERO y JUAN ALBERTO LÓPEZ CORTÉZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-14.425.208 y V-14.000.770, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados en la Urbanización Villas del Pilar, Calle 11, N° 98D, Araure Municipio Araure del Estado Portuguesa y el segundo en la Urbanización Durigua, sector 3, vereda 39, casa N° 11, Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho NANCY JOSEFINA VALBUENA DE TORREALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.804., de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecue.....