DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LEOPOLDINA MUJICA y JOSÉ GUADALUPE LÓPEZ OCHOA, venezolanos, mayores de edad, cónyuge, titulares de las Cédulas de Identidad números V-5.363.295 y V-4.608.451, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados en Araure Estado Portuguesa, Urbanización Baraure II, Vereda 11, Casa N° 8, y el segundo en Acarigua Estado Portuguesa, Barrio Campo Lindo, Avenida 23, entre Calles 27 y 28, Casa N° 27-35, asistidos por el Profesional del Derecho QUINTERO S. ROSA ELENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 162.542, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem, queda DIS.....