DECISION
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE el derecho del accionante a cobrar los honorarios profesionales intimados, en consecuencia, se condena a la intimada ANGELA AMOR RODRIGUEZ ARANGUREN, a pagar al intimante OGUSTO PEÑA RAMIREZ, la cantidad de CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTITRES BOLIVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (BS.4.163.123,28) por concepto de honorarios profesionales, por los servicios prestados a la intimada, de acuerdo al detalle realizado por el intimante en el libelo de demanda, y ya trascrito en la narrativa de esta sentencia. Se advierte que no habrá derecho de retasa ya que la única oportunidad procesal que tenia la demandada .....