DISPOSITIVA:
Es por los motivos antes expuestos, que éste JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda que motivó este juicio. En consecuencia se fija como Obligación de Manutención, al ciudadano: MOY DE JESUS FUENMAYOR PEREZ, plenamente identificado, a favor de su hijo: X, en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) mensuales a razón de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,oo) quincenales, los cuales deberá depositar en una cuenta bancaria que será aperturada a nombre del hijo, en el banco provincial de esta localidad y el 50% de los gastos por concepto de: estrenos en el mes de Diciembre, médicos y medicinas cuando fuese necesario . Así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la sala del Juzgado del Municipio.....