DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio propuesta por los ciudadanos: WILLIAM JOSE TOYO MARQUEZ y MILDRED MARGARITA BRAVO JULIO, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Vigente. En consecuencia, bajo la premisa del Articulo 184 Ejusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha: Veintiocho de Marzo de mil novecientos noventa y ocho 28/03/1998, por ante la Jefatura Civil de la parroquia Luis Hurtado Higuera, del Municipio Maracaibo estado Zulia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Prim.....