DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio propuesta por los ciudadanos: YUSMARY DEL CARMEN DUN MARQUEZ y CARLOS ALBERTO TERAN GIL, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Vigente. En consecuencia, bajo la premisa del Articulo 184 Eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha doce de Enero de mil novecientos noventa y cuatro, por ante Coordinación de Registro Civil, Desarrollo Socio Económico y Participación Ciudadana del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del estado portuguesa.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, sellada y firmada en la sala del Juzgado de Municipio Monse.....