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Decisiones del dia 07/10/2005

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 283-04 N° Sentencia : Fecha: 07/10/2005
Procedimiento:
Homologacion Cumplimiento Oblig. Aliment.
Partes:
EULALIA COROMOTO YEPEZ VALERA VS. RAFAEL IGNACIO TORO VIERA
Resumen:
DISPOSITIVA Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO realizado por los ciudadanos EULALIA COROMOTO YEPEZ VALERA y RARAEL IGNACIO TORO VIERA, en los términos por ellos acordados. Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Boconoito a los 07 días del mes de Octubre del año dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación. El Juez Temporal, Abg. Lisandro Valero Paredes. La Secretaria Maria A. D.....
Juez/Ponente:
Lisandro Valero Paredes
Organo:
Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito
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N° Expediente : 370 N° Sentencia : Fecha: 07/10/2005
Procedimiento:
Prohibición De Enajenar Y Gravar
Partes:
JISE OVIDIO FLORES GUTIERRES VS.OMAR ANTONIO VELARDE HERNANDEZ
Resumen:
En relación a la Medida Preventiva solicitada, De conformidad con el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, por tratarse de un documentote los señalados en dicho articulo, y del mismo se desprende que se trata de una letra de cambio con fecha de pago vencida , por el cual los demandados se Obligan a cancelar a la parte demandante, para el día 08 de Enero del año 2005, , la cantidad de BOLIVARES UN MILLON CIENTO SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.163.400, oo), monto de la Obligación Principal, plazo este que se encuentra vencido, por lo cual hace que sea exigible el pago de lo adeudado, lo cual determina lo que se conoce en derecho como el FOMUS BONIS IURIS O BUEN DERECHO DE RECLAMAR, y el PERICULLUM IN MORA que es lo que se conoce como el riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo, ambos supuestos contemplados, como un requisito de procedibilidad, en el articulo 585 del Código de Procedimiento Civil, para que el Juez acuerde cualquie.....
Juez/Ponente:
Lisandro Valero Paredes
Organo:
Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito
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