DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO CON COMPETENCIA EN ASUNTO ALIMENTARIO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la Homologación al desistimiento de la solicitud de obligación de manutención formulada por la ciudadana GLADIS ZULINAY PUERTAS ALVARADO, en los términos por ella señalados, todo de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Precédase al archivo del Expediente
Dado, firmado, sellado y refrendado, en la sala del Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Boconoito a los 18 días del mes de Diciembre del Dos Mil ocho. Años 198° y 149°.-
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