DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR la solicitud de Obligación de manutención formulada por la ciudadana RAMONA DEL CARMEN QUINTERO GUDIÑO en contra del ciudadano NELSON ENRIQUE PERDOMO VILORIA
2) Se acuerda y fija como obligación de manutención mensual, en la cantidad de BOLIVARES DOCIENTOS (Bs. 200, oo), que el obligado alimentario deberá cumplir, entregando dicha cantidad a la madre de los niños el ultimo de cada mes, sin falta, con carácter obligatorio y a la fecha, esto tomando en consideración que la obligación de Manutención una vez fijada por el Tribunal, es de carácter obligatorio.
3) En cuanto a los gastos de los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, para unifo.....