En relación a la solicitud de que se fije con carácter temporal la obligación alimentaria, alegando al efecto la madre del niño, que esta necesitando para la alimentación del niño, establece el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, "El Juez al admitir la solicitud, puede disponer las medidas provisionales que juzgue mas convenientes al interés del niño o adolescente previa apreciación de la gravedad y urgencia de la situación..." En le presente caso al admitir la solicitud no fue acordada medida provisional, sin embargo considera este juzgador necesario, en garantida del derecho a tutela judicial efectiva, establecer hasta tanto se produzca una Sentencia definitiva, una obligación alimentaria con carácter provisional, esto por cuanto existe un niño de 07 meses de nacido que necesita de alimentos, aunado al hecho de ser los padres los principalmente responsables de que sus hijos disfruten de el derecho a un nivel de vida adecuado tal como e.....