En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por los ciudadanos del demandante ciudadano ALEXIS JAVIER BADILLO YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad números 11.551.585, contra demandada: demandada Sociedad Mercantil A/A SUPPY C.A., firma mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nro. 3, Tomo 91-A, en la persona de su Presidente, ciudadano LUIS ALEANDRO ANGOLA LARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.809.550 y se publica en el día de hoy acogiendo el cr.....