En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO.- Se declara INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 10/12/2025 por el abogado GEGDIEL JOSÉ CASTELLANOS BURGOS, en su carácter de apoderado judicial de la empresa SUMINISTRO INTELCOMCA, C.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordada relación con el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, por no haber consignado los documentos indispensables para verificar la admisibilidad del mismo.
SEGUNDO.- Se confirma en todas sus partes el auto de fecha 04/12/2025 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia, el cual queda definitivamente firme.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dictada, firma.....