Dispositiva
Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrado Justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento propuesta por los ciudadanos Humberto José Valderrama Torres y Maury Coromoto Andrade de Valenzuela, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa de la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, sentencia 693 del 2 de junio de 2015, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, que contrajeron el Veintisiete (27) de Junio de Dos Mil Ocho (2.008), asentada bajo el Nº 07 por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Juan Vicente Campo Elias del del estado Trujillo.
Publíquese, regístrese y d.....