´DECISION:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la Demanda de Divorcio intentada por la ciudadana: ANAIR COROMOTO MARQUEZ, ya identificado, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial, que contrajo con el ciudadano: PEDRO NOEL RIVERO, ya identificado, el día veintidós (22) de abril de 1992, por ante el Registro Civil de la Parroquia Córdoba Municipio del Estado Portuguesa, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 02, que en copia certificada fue traída a los autos, marcada con letra "A", de conformidad con lo establecido en el artículo 185del Código Civil y la Sentencia 446/14 Dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia respecto del referido artículo, .....