DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 2 de marzo de 2026, por las Abogadas YULIMAR DEL CARMEN FLORES y ANNY AUDREY BARRIOS MAGALLANES, inscritas en el Inpreabogado bajo matrículas Nos. 269.865 y 150.808, en su condición de defensoras privadas del penado JESÚS EDUARDO ESCALANTE MONTAÑEZ, titular de la cédula de identidad N° V-8.985.176, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de enero de 2026, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 1E-1375-12, mediante la cual se acordó declarar sin lugar el otorgamiento de la medida de libertad condicional por razones humanitarias.
Regístrese,.....