-III-
DECISIÓN:
En virtud de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, actuando en sede civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por la ciudadana KARLA LILIBETH NÚÑEZ LUZARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.444.003, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 306.759, actuando en nombre propio y propio derecho, contra la SUCESIÓN MARÍA HERIBERTA CASTAÑEDA MORALES (R.I.F. J-407178199), la cual se encuentra integrada por los ciudadanos: TERESITA DE JESUS GOMEZ CASTAÑEDA, titular de la cédula de identidad N° V-3.865.764, MARIA CONCEPCIÒN GOMEZ DE ROBLES, titular de la cédul.....