EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Se acuerda la libertad del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA , en virtud de que se verificó del sistema Juris 2000, que al mencionado adolescente legal se le sigue causa penal por ante el Tribunal de Ejecución de este Sistema Penal, signada con el Nº PP11-C-2012-000007, en la cual en fecha 20-06-2012, se recibió la causa signada con el N°8° C-1948-10, emanada del Juzgado de Control N° 08 de Primera Instancia. Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal. Del Area Metropolitana de Caracas, dandosele por ante el Tribunal de Ejecución la numeración PP11-C-2012-000007, en la cual en fecha 29-07-2013, se dictó decisión en la cual se dejó sin efecto, la declaratoria en Rebeldía del mencionado adolescente legal y su consecuente orden de captura, librándose los oficios respectivos, por lo que en relación a la identificada causa el mencionado adolescente legal no tiene requerimiento judicial alguno y verificado por el s.....