Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO Nº 05, del ciudadano: ANTONIO CORSINI ROMANDINI, llevado por ante el Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, durante el año mil novecientos cincuenta y cuatro (1.954), Nº 05 libros del Registro de Matrimonios, llevado por ante la primera autoridad civil dejándose establecido que el verdadero apellido del solicitante es "CORSINI" y no "ORSINI" como aparece en la copia fotostática de la Cédula de Identidad.
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítase las copias certificadas.