PRIMERO: El ciudadano JUVENAL ANTONIO VARGAS JUSTINIANO le dará a la ciudadana ROSA ALBA PALMERA HERNANDEZ la cantidad quincenal de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,00) a partir del 15 de abril de 2014, lo hará de manera personal, previo recibo firmado. SEGUNDO: Así mismo respecto a la atención médica, medicina, calzado y vestido, serán cubiertos por el padre y no se descontará de la manutención. TERCERO: En el mes de septiembre, será la manutención el doble, es decir la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,00) y de igual forma en el mes de diciembre será de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,00). CUARTO: Por otra parte, el ciudadano JUVENAL ANTONIO VARGAS JUSTINIANO cubrirá los gastos de atención médica, medicinas y exámenes de la ciudadana ROSA ALBA PALMERA HERNANDEZ desde abril hasta el mes de julio, ya que tiene 05 meses de embarazo. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos de los niños arriba identificados, este Tribunal Primero de Primera Ins.....