DISPOSITIVA
Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano FRANCISCO ANTONIO MOLINA ARANGUREN, venezolano, natural de Guanarito, estado Portuguesa, nacido en fecha 26-03-1982, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.739.040, de profesión u oficio herrero, residenciado en el Barrio Tierra Santa, de Guanarito, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia.....