De acuerdo con lo convenido por los solicitantes la Patria Potestad de la niña Ana Katiuska Sánchez Pérez, será compartida entre ambos padres y la Guarda la ejercerá la madre. En cuanto a la Obligación Alimentaria que debe suministrar el padre de la niña, se fija la cantidad de ochenta mil bolívares (Bs. 80.000,00) mensuales, y el doble en los meses de julio y diciembre, para cancelar los gastos de útiles escolares, uniformes escolares y vestimenta en las festividades decembrinas. En cuanto al régimen de visitas, el padre podrá visitar a su hija cuando lo desee, siempre y cuando no interrumpa con el horario de clases y sus horas de descanso.