Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal el Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el Acuerdo Reparatorio, realizado entre el representante legal de la victima ciudadano Orlando Manzanilla, y como al imputado Luis Enrique Araujo, venezolano, natural de Biscucuy, de estado civil soltero, obrero, 01 N° 17.958.727, nacida el 25/04/1986, edad 22 años, residenciada en: el barrio vega del cobre, frente de la escuela ciudad de Biscucuy, casa S/N, Municipio Biscucuy, Estado Portuguesa, Teléfono: 0426-809.17.05, en la presente causa, por la comisión del delito de Lesiones Culposas Leves, previsto y sancionado en lo artículo 420 en su ordinal primero del Código Penal Vigente, en agravio del adolescente Orlando José Montilla Azuaje. En consecuencia se declara extinguida la causa y sobreseída, de conformidad con lo previsto en el artículo.....