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Decisiones del dia 03/05/2022

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 00554-A-21 N° Sentencia : 1662 Fecha: 03/05/2022
Procedimiento:
Accion Declarativa De Propiedad
Partes:
JONATHAN RENE D´AGROSA VASQUEZ VS IVONNE D´AGROZA ZIGALOV
Resumen:
Así de la lectura del escrito presentado por la parte demandada, ciudadana IVONNE D´AGROZA ZIGALOV representada por la abogada Katiusca Betancourt Bustamante, y el ciudadano JONATHAN RENE D´AGROSA VASQUEZ, parte demandante representado judicialmente por el abogado Rafael Ángel García González, se desprende la clara exposición de las partes de renunciar y extinguir el proceso, en forma pura y simple, dirige este juzgador a comprobar el no quebrantamiento del orden público, la voluntad expresa de las partes y la capacidad para realizar el desistimiento de autos, por el cual se declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN.
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00606-A-22 N° Sentencia : 1663 Fecha: 03/05/2022
Procedimiento:
Accion Posesoria Por Despojo
Partes:
INDUSTRIAS CÁRNICAS PORTUGUESA VS ELDA VELIS ALEXANDER MUJICA Y OTROS
Resumen:
Ahora bien, observa este juzgador, que las pruebas evacuadas ante esta instancia no demuestran, ni siquiera en forma presuntiva, los hechos alegados por el peticionante de la medida cautelar, necesarios para que sea dictada la tutela requerida. Así pues, no se desprende de los autos que se haya demostrado la confluencia del fumus bonis iuris, periculum in mora y periculum in danni; razón por la cual debe ser declarada IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar realizada por la parte demandante. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00600-A-22 N° Sentencia : 1664 Fecha: 03/05/2022
Procedimiento:
Medida De Proteccion Agraria
Partes:
ALEXANDER DEL CARMEN VARGAS ESPINOZA VS MARÍA HERNANDEZ Y OTROS
Resumen:
Lo anteriormente expuesto, conlleva lógicamente a considerar que el presente proceso cautelar autónomo, ha precluido la vigencia de la medida decretada, al haber trascurrido íntegramente el periodo de vigencia de diez (10) días continuos establecidos en el decreto cautelar, sin que el sujeto pasivo hubiere sido válidamente notificado en autos para su oposición; lo cual constituye un motivo suficiente para considerar CUMPLIDA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN AGRARIA y DECLARAR EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA DEMANDA en el presente juicio y la terminación del procedimiento, ya que la resolución del fondo no podría tutelar la pretensión propuesta y el alcance de la demanda tampoco permite a este Tribunal bajo las circunstancias antes descritas, impulsar de oficio la presente causa en orden a garantizar derechos o intereses que han perdido relevancia (culminación de la alzada y arrime de caña de azúcar), al haberse autosatisfactivamente cumplido (ejecutado), lo ordenado en el decreto cautelar, es .....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

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