PRIMERO: Con fundamento en el aparte último del artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal se procede a la revisión y actualización de la pena en la causa penal contraMANUEL ANTONIO PULIDO CARREÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº E-84.384.576;
SEGUNDO: Mediante el cómputo de la pena se establece que el penado MANUEL ANTONIO PULIDO CARREÑOtiene cumplido de su pena principal de ONCE AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN como de la pena accesoria simultánea de INHABILITACIÓN POLÍTICA, un tiempo de CINCO AÑOS, SEIS MESES Y UN DÍA, faltándole por cumplir un tiempo de SEIS AÑOS, UN MES Y VEINTINUEVE DÍAS, tiempo que se cumplirá el día 02 de Enero de 2024. Al día siguiente comenzará a cumplir la pena accesoria sucesiva de VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, que culminará definitivamente el 20 de Mayo de 2026, y consistirá en "...dar cuenta ante los jueces de ejecución encargados de la causa en la cual se le impuso alguna de esas penas principales, sobre el lugar de residencia que tenga y cualquier .....