DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario y le impone a los adolescentes: imputados: IDENTIDADES OMITIDAS, a quienes se les Imputa la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO, específicamente para el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 277 del Código penal, en relación con el artículo 3 ordinal 3, ambos de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, y al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 277 del Código penal, en relación con el artículo 3 ordinal 3, ambos de la Ley para el.....