este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle al ciudadano JOSE JAVIER OJEDA GARCIA, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión de unas Bienhechurias según consta en documento Autenticado por ante la Notaria Publica de Guanare en fecha 10 de septiembre de 1.991, bajo el Nº 23, tomo 19 y Registro por ante la Oficina Subalterna del Registro Publico del Municipio Autónomo Guanare del estado Portuguesa, bajo el Nº 21, Protocolo 1ero, Tomo 7, 3er Trimestre del año 2001 y documento de liberación de hipoteca debidamente Registrado por ante el Registro Publico del Municipio Guanare del estado Portuguesa, bajo el Nº 38, folios 36 .....